USTEA gana una sentencia por la que la Consejería habría de pagar las horas “de más” impartidas por los maestros adscritos a Primaria que han impartido clase en Secundaria

Como se recordará en el año 1996, por Orden de 27 de Mayo de 1996,  se llevó a cabo el procedimiento de adscripción a puestos de trabajo del Primer Ciclo de la ESO en los centros de educación.

 

Como consecuencia de este proceso de adscripción llevado a cabo por la administración educativa, resultó que numerosos docentes quedaron prestando sus servicios en el Primer Ciclo de la ESO (y por ello en Educación Secundaria), pero perteneciendo al cuerpo de Educación Primaria, y por lo tanto cumpliendo con el horario lectivo previsto para Educación Primaria, es decir, 25 horas semanales, en lugar de las 18 horas establecidas para las demás enseñanzas.

 

Ante esta situación creada por la administración y a todas luces irregular y contraria a derecho, el Área Jurídica de USTEA presentó numerosos recursos contencioso-administrativos del personal docente en ésa situación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recursos en los que en definitiva se reclamaba el reconocimiento del horario de secundaria para los profesores del cuerpo de Enseñanza Primaria que impartían clases del Primer Ciclo de la ESO desde el curso 96-97 (desde el día 1 de Septiembre de 1996), con las consecuencias económicas derivadas de este reconocimiento.

 

Tras las conocidas dilaciones que sufren los procedimientos contenciosos mantenidos ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, se han dictado las primeras sentencias favorables a los recurrentes en las que se reconoce por la Sala que el horario se fija no en atención al Cuerpo al que pertenece el docente, sino con relación al tipo de enseñanza que se imparte,  aumentando la carga de horas lectivas en las primeras etapas de la educación y reduciéndolas en las siguientes.

 

En atención a esta estimación de los recursos planteados, resulta que la Junta de Andalucía se va a ver obligada a abonar en fase de ejecución de sentencia, a este personal, el importe correspondiente a 7 horas semanales que es la diferencia entre el horario de Educación Primaria y la ESO, lo que, supone según unos primeros cálculos del Área Jurídica de USTEA un importe cercano a los 6.000 € anuales.  

 

En atención a todo ello, de nuevo se comprueba que la forma de llevar a cabo el proceso de adscripción por parte de la Administración Educativa fue absolutamente incorrecta, no cesando los tribunales de llamar la atención sobre las numerosas anomalías en que se incurrió. Y de nuevo USTEA ha seguido defendiendo los derechos de los trabajadores y las trabajadoras de la enseñanza ante  los tribunales y ante cuantas instancias fuera menester para evitar estos atropellos.

 

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