|
USTEA Comunicado |
||
|
|
||
|
||
|
|
||
|
La ORDEN de 15 de diciembre del
Ministerio de Administraciones Públicas dispone la aplicación del Plan Concilia
de medidas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así
como otras dirigidas a la protección integral contra la violencia de género. - Aumento de la flexibilidad horaria: hasta un tercio del total. - Fecundación asistida: Derecho a ausentarse para someterse a tratamientos. - Creación del Permiso de paternidad: 10 días a partir de la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento. - Posibilidad de acumular las horas de lactancia: Posibilidad de sustituir la reducción por lactancia por la ampliación de 4 semanas del permiso de maternidad (con el incremento proporcional en caso de parto múltiple) - Disfrute de las vacaciones a continuación de permiso de maternidad: Posibilidad de tomarlas aún habiendo acabado el año natural. - Aumento de la guarda legal (reducción de jornada por hij@s : Hasta los 12 años
- Reducciones por Cónyuge y
familiares hasta 2º grado por razones de edad, accidente o enfermedad; ó
disminuid@s físicos, psíquicos o sensoriales: Reducción del 50% de la jornada
durante un mes, retribuido, en el caso de enfermedad muy grave de familiares de
primer grado - Flexibilidad horaria por personas dependientes (hij@s menores de 12 años, personas mayores, discapacitados y familiares hasta 2º grado por enfermedad grave): hasta 1 hora de flexibilidad en el horario fijo.
- En el caso de hij@s disminuidos,
hasta dos horas de flexibilidad y derecho a ausentarse para acudir a reuniones y
tratamientos |
||
|
24 de marzo de 2006 |
||
|
Secretaría Federal de Mujer de USTEA |
||