Los interinos que no estén en activo con fecha de 1 de Septiembre, es decir no hayan obtenido vacante, NO tienen la obligación de realizar los exámenes de Septiembre. El departamento los ha de tener preparados con fecha de Junio.
Los interinos que no estén en activo con fecha de 1 de Septiembre, es decir no hayan obtenido vacante, NO tienen la obligación de realizar los exámenes de Septiembre. El departamento los ha de tener preparados con fecha de Junio.
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