El artículo 31.1 de la Constitución dice:
«Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.»
Obviamente los funcionarios no son «todos» y obviamente, y si sólo se priva a una parte de la población de su renta para sostener gastos públicos, estamos hablando de confiscación


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