Orden de 5 de julio de 2013, por la que se desarrolla lo establecido en la disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del estado para el año 2013, en materia de ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
La Orden establece 4 días exentos de sanción económica durante al año.
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