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Decimocuarta. Permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación.
1. El permiso de las funcionarias en estado de gestación regulado en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público será de aplicación a partir de la entrada en vigor de esta Ley.
2. En el marco de la negociación con las organizaciones sindicales, en su ámbito respectivo, podrá extenderse el permiso al que se refiere el apartado anterior al personal laboral al servicio del sector público
andaluz.

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Permisos, licencias y reducciones de la jornada laboral

CIRCULAR de 5 de mayo de 2014, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se procede a la actualización de la de 6 de febrero de 2013, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente del ambito de gestión de la...